Se valida una indemnización de más de 100.000 euros para un empleado de Vigo que fue despedido por invitar a

Indemnización de 105.716 euros por despido

social Una escena de un tribunal con un juez y un empleado de un hipermercado de pie, con un ambiente serio y documentos legales en las mesas. Al fondo, una imagen borrosa de un hipermercado.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirmó una sentencia que obliga a una empresa a indemnizar con 105.716 euros a un empleado de un hipermercado de Vigo despedido en 2023. El trabajador fue despedido tras invitar a sus compañeros a unos croissants para celebrar su cumpleaños.

El empleado, que llevaba en la empresa desde 1992, compró bollería por valor de 68,82 euros, pero inicialmente solo abonó 10,23 euros en caja. Días después, regularizó la situación pagando los 58,59 euros restantes. La empresa interpretó los hechos como una doble falta grave: el consumo de productos sin pagar su importe completo y la realización de dicha actividad durante el horario laboral.

El tribunal desmontó los argumentos del despido disciplinario, destacando que la celebración del cumpleaños se realizó fuera del horario laboral estricto y no causó perjuicio a la empresa. El fallo obliga a la multinacional a readmitir al empleado y abonarle los salarios no percibidos o a pagar la citada indemnización.

La empresa había argumentado una presunta 'mala fe contractual' del empleado, pero el tribunal superior coincidió con el Juzgado de lo Social Nº5 de Vigo en considerar el despido improcedente.

Crítica:

El artículo proporciona detalles precisos sobre el caso legal, pero podría mejorar incluyendo más contexto sobre la empresa involucrada y sus políticas internas. El lenguaje es formal y adecuado para un tema legal.

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