El Supremo dicta que dar un beso en la mano no consentido con intención sexual es agresión

Beso en la mano: ¿Agresión o acoso?

social Un hombre besa la mano de una mujer en una parada de autobús al amanecer, luz suave, arquitectura urbana, tensión y formalidad en el gesto

El 10 de enero de 2023, en la esquina de la avenida de España 52 en Alcobendas, un hombre se acercó a una mujer que esperaba el autobús. Sin su consentimiento, le cogió la mano y la besó, mientras le ofrecía dinero con gestos que repitió dos veces. El acto, sin violencia ni intimidación, terminó en una condena de 1 620 € por agresión sexual, tal como lo dictó el Juzgado de lo Penal número 25 de Madrid y confirmó la Audiencia Provincial.

El acusado apeló al Tribunal Supremo alegando que el caso debía clasificarse como acoso callejero, al derecho que el Código Penal 173.4 contempla. Argumentó que no hubo violencia, que la víctima nunca manifestó sentirse vulnerada y que la escena, al ser al día claro y en una parada pública, carecía de testigos que pudieran corroborar un riesgo para su integridad sexual.

La Corte, sin embargo, sostuvo que el tocamiento sin consentimiento constituye un acto de “ad intra”, diferenciándose del acoso callejero que se considera “ad extra”. En palabras de la máxima, la presencia de un gesto sexual, como el beso en la mano, eleva el hecho a delito contra la libertad sexual.

Dos magistrados, Leopoldo Puente y Antonio del Moral, votaron en contra, recordando que el beso en la mano es una forma de saludo tradicional, hoy en desuso, y que su ausencia de consentimiento no lo convierte en un acto sexual. El Tribunal Supremo, con el voto de la mayoría, aclaró que la ausencia de violencia no exime al agresor de la responsabilidad cuando se produce un tocamiento con connotación sexual.

Este fallo no es aislado; en 2024 también se condenó a un agente de policía por besar en la mano a una detenida, reafirmando la nueva interpretación jurídica. El caso ha reavivado el debate sobre la diferencia entre acoso callejero y agresión sexual, y sobre el papel del consentimiento en los tocamientos.

La Corte, al enfatizar que el consentimiento es indispensable, subraya que cualquier tocamiento sin autorización constituye un atentado contra la libertad sexual. El 10 de enero quedará marcado como la fecha en que el toque más sutil, el beso en la mano, se convirtió en una sentencia de agresión sexual, recordando a la sociedad que la ausencia de violencia no siempre significa ausencia de delito.

Crítica:

El titular suena a drama sin sustancia; el artículo pasa por alto que el caso ya estaba penado bajo acoso callejero.

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