Marejada en la Armada por las dudas jurídicas en el envío del buque que auxilia a la Flotilla

Furor en aguas de Gaza

politica Un buque de la Armada española navegando en aguas internacionales cerca de la Franja de Gaza, con otras embarcaciones de ayuda humanitaria en el fondo.

El envío del buque de acción marítima Furor a aguas próximas a la Franja de Gaza para auxiliar a la flotilla internacional que lleva alimentos y ayuda humanitaria ha generado un intenso debate jurídico dentro de la Armada española. Algunos oficiales consideran que este despliegue no tiene cabida en las misiones asignadas a las Fuerzas Armadas por la ley de la Defensa Nacional y que se debería requerir autorización formal al Congreso de los Diputados.

La flotilla, promovida por ONG, cuenta con personas de medio centenar de países, incluyendo diputados y políticos como Ada Colau, y más de 50 embarcaciones, con 20 de ellas siendo españolas. La Comisión Europea y la Agencia Europea Frontex no apoyan las flotillas de ayuda a Gaza.

El buque Furor, con reglas de enfrentamiento que solo contemplan autodefensa, no puede abrir fuego contra embarcaciones o aeronaves israelíes. El Ministerio de Defensa y el Estado Mayor de la Defensa (EMAD) han elaborado las reglas de enfrentamiento para el Furor, limitando su actuación a misiones de rescate y excluyendo el enfrentamiento armado.

El buque no puede entrar en las 12 millas náuticas de distancia de la costa de Gaza controlada por la Marina israelí sin autorización.

Crítica:

El artículo plantea dudas sobre la legalidad del envío del Furor, pero no aclara suficientemente si el Gobierno ha tomado medidas concretas. La información sobre las reglas de enfrentamiento del buque resulta esclarecedora.

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