El PP aprobará en el Senado cambiar el Código Penal para que sea legal cortar los suministros a los okupas

PP legalizará corte suministros okupas en Senado

politica Una balanza de la justicia inclinada marcadamente hacia un lado, con un candado oxidado y una llave rota en el lado que representa la propiedad, y un grifo goteando sobre una pila de facturas impagadas en el otro. Al fondo, siluetas de edificios urbanos bajo un cielo nublado, con un rayo estilizado cayendo sobre un contador de electricidad.

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado ha presentado una proposición de ley con el objetivo de modificar el Código Penal, permitiendo que el propietario de un inmueble ocupado ilegalmente pueda interrumpir los suministros básicos de la vivienda sin incurrir en delito. Esta iniciativa será aprobada el próximo miércoles, 20 de Noviembre de 2025, haciendo uso de la mayoría absoluta que ostenta la formación liderada por Alberto Núñez Feijóo en la Cámara Alta.

Según el escrito de los 'populares', al que ha tenido acceso El Debate, la ocupación de un inmueble constituye una agresión ilegítima contra los derechos del propietario, privándole de la posesión de su bien. Históricamente, si la vivienda se convertía en domicilio de los okupas, incluso si el título de ocupación era ilegítimo, la interrupción de servicios esenciales podía interpretarse como una vulneración de sus derechos fundamentales, calificándose como delito de coacciones. El texto parlamentario hace referencia a una reunión del 7 de marzo de 2025, donde los magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona unificaron criterios en casos de allanamiento de morada y usurpación de inmuebles.

En dicha reunión, los jueces avalaron que los propietarios tienen la facultad de cortar los suministros a los okupas sin que esto sea considerado un delito de coacciones. Actualmente, el delito de coacciones se tipifica en el artículo 172 del Código Penal, aprobado por la LO 10/1995, de 23 de noviembre.

Específicamente, el apartado 1º describe el delito y el apartado 3º el delito menor (antigua falta), pudiendo cometerse mediante fuerza en las cosas, lo cual, hasta ahora, incluía el corte de suministro de luz o agua si no existía autorización legítima para ello. Aunque esta decisión se aplica inicialmente en Barcelona, ha sido valorada muy positivamente en el sector inmobiliario y considerada de sentido común.

Se argumenta que la privación injusta de la propiedad no debe conllevar la obligación del propietario de mantener, a su costa, al usurpador. Se prevé que decisiones similares se adopten en juntas de jueces de otras provincias, lo que eventualmente llegará al Tribunal Supremo por vía de recurso, unificando la doctrina.

Por tanto, la propuesta del PP busca modificar el artículo 172.1 del Código Penal para establecer que «la interrupción de suministros de una finca ocupada ilegalmente en ningún caso puede ser considerada delito de coacciones». Esta reforma legislativa busca clarificar la situación legal y proporcionar una herramienta adicional a los propietarios frente a la ocupación ilegal, eliminando la ambigüedad sobre la legalidad de cortar los servicios básicos.

La aprobación en el Senado, el 20 de Noviembre de 2025, marcará un hito significativo en la legislación sobre la propiedad y la ocupación en España, con repercusiones directas en el ámbito inmobiliario y jurídico. La iniciativa del PP busca equilibrar los derechos del propietario con la protección de los derechos fundamentales de los ocupantes, redefiniendo los límites de las acciones permitidas en casos de ocupación ilegal de viviendas.

Crítica:

El titular cumple su función de informar del hecho principal, aunque la fecha de la noticia (17 de nov. de 2025) y la del evento (próximo miércoles) generan una paradoja temporal que un editor competente habría resuelto antes de su publicación. La noticia es clara y concisa, pero la inclusión de fechas futuras como si fueran pasadas o presentes es un error que afecta la credibilidad.

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