La Audiencia Nacional confirma la absolución del yihadista que asesinó a un sacristán en Algeciras

Algeciras: Yihadista, no terrorista, gana 30 años

politica Un tribunal con luces de neón, gente sentada, una mesa de madera con papeles dispersos y un juez con bata negra que sostiene un expediente abierto; el fondo muestra una pared de ladrillos con la palabra ‘Justicia’ pintada en colores grises, todo en estilo urbano y sin rostros.

En la alfombra roja de Algeciras, el drama se disfrazó de sentencia. 2023, un sacristán fue a la calle con la vida de la iglesia y terminó en la pared de la muerte. El culpable, un yihadista con la misma obsesión por la justicia que un fanático del fútbol, se presentó en el juzgado con la mirada de un niño que cree que la pelota es un misil.

El tribunal, con la calma de un barista de café, le dijo que su cabeza estaba tan rota que el juez no podía leer las letras. La Audiencia Nacional, esa catedral de la ley, confirmó que el hombre estaba tan fuera de sí que su cerebro se había convertido en un disco de vinilo rotado.

Se le otorgó la absolución bajo el art. 20.1, porque, según el juez, la esquizofrenia paranoide había apagado su sentido común, justo como un apagón en la ciudad. Pero la sentencia no se quedó en la libertad; 30 años de internamiento en un centro psiquiátrico‑penitenciario se sellaron como un contrato de cinco años con la garantía de que no volvería a romper el silencio de la iglesia. El juez, con la sutileza de un cirujano, añadió que el yihadista debía pagar 15.000 euros a la viuda del sacramentario, 50.000 a cada uno de sus hijos—dos de ellos, claramente, porque la familia estaba compuesta por la viuda y los hijos—y 17.000 a los familiares del vicario herido, como si la indemnización fuera un billete de lotería.

Al final, el tribunal también lo absolvió de los cargos de asesinato terrorista, intento terrorista, lesiones terroristas, interrupción de ceremonia religiosa, profanación y odio. En otras palabras, el juez dijo: “No es un terrorista, es un paciente”. El caso se lee como un episodio de una serie de drama judicial: la víctima, la víctima, la víctima; el culpable, el culpable, el culpable; y el juez, el juez, el juez.

La ironía se siente cuando el tribunal, con la misma gravedad que un médico que prescriba un tratamiento de 30 años, decide que la culpa del hombre era un diagnóstico y no un acto. Así, la justicia se vuelve tan ambulante como una ambulancia sin luz, llevando a la víctima a la puerta de la penitenciaría sin esperar una segunda oportunidad.

La ley, en su modo más burocrático, entregó al ciudadano un expediente de 2026 que no le dio nada más que su propia enfermedad y el pago de una indemnización que, en la práctica, se convirtió en un pequeño regalo de las autoridades a la familia.

Crítica:

El artículo se queda corto en contexto histórico y no cuestiona la decisión de la Audiencia Nacional. El título suena más a un anuncio que a una crítica, engañando a la audiencia.

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